La Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia sepultó para siempre las intenciones bastante particulares del Ministerio Público de que se castigara en los tribunales al exfiscal general Jorge Chavarría.
Ese tribunal superior rechazó la segunda apelación que la Fiscalía interpuso ante el fallo del Tribunal de Apelación de Sentencia Penal del Segundo Circuito Judicial de San José, que respaldó la absolutoria por duda que dictó el Tribunal Penal de Hacienda, en junio del 2019.
A Chavarría lo acusaron de dos delitos de incumplimiento de deberes por haber desestimado dos causas penales contra el exministro de Seguridad y exmagistrado de la Sala Tercera, Celso Gamboa.
Con esta decisión, tres órganos judiciales diferentes dieron por un hecho la inocencia del exfuncionario.
El caso nunca tuvo ni pies, ni cabeza, y halló un importante impulso en una parte de la prensa costarricense y de periodistas que manosearon las acusaciones, según la valoración que el exfuncionario había hecho en entrevistas anteriores que concedió a ¡Qué Torta!
“Lo que más me dolió, como fiscal de carrera, fue ver a fiscales comportándose como si estuvieran en un país autoritario como en la Alemania nazi, en la Rusia comunista o en la Cuba comunista.
“Hubo una persecución injusta en mi contra. El fiscal no puede asumir una función de persecución a ultranza sin prueba suficiente, no es un ángel vengador, ni un instrumento político. Perdieron objetividad e imparcialidad, eso fue evidente hasta en la mirada en la sala de audiencias”, expresó Chavarría en declaraciones que brindó a este medio.
La Procuraduría General de la República (PGR) pretendía que el exfiscal general también fuera sancionado por la vía civil al exigir el pago de ¢5 millones por daño social. Eso también lo rechazaron tres veces diferentes jueces y quedó sin efecto.
En la resolución del Tribunal de Apelación de Sentencia Penal del Segundo Circuito Judicial de San José queda claro que el Ministerio Público fue incapaz de demostrar que Chavarría y Gamboa tuvieran una “amistad íntima” desde el 2010 y que eso incidiera directamente en las desestimaciones de las causas penales.
La única prueba que aportaron los fiscales del caso fue un disco compacto con la grabación del programa Café y Palabras, del politólogo Claudio Alpízar, de setiembre del 2017, en el que Chavarría afirmó que debido a su estrecha relación con el exmagistrado no podía llevar actos de investigación penal en los que se viera involucrado.
El exfiscal siempre ha reconocido que su cercanía con Gamboa creció a partir del 2015 (un año después de que desestimó las dos causas contra él mientras fue ministro de Seguridad), porque era su compañero como subjefe de la Fiscalía.
Sin embargo, antes de eso simplemente eran conocidos que se llevaban bien como cualquier otro.
“Debe recordarse que en un sistema democrático de derecho, respetuoso de los derechos humanos de sus habitantes, así como del ordenamiento jurídico en sentido amplio, la persona imputada no debe demostrar su inocencia, sino que el órgano acusador debe acreditar su culpabilidad por la comisión de un delito”, indica el fallo del Tribunal.