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Juez de familia de Cartago deberá pagar ¢331.000 por “lerdearse” en trámite

Un juez de familia de Cartago deberá pagar ¢331.757,35 por “lerdearse” en resolverle un trámite que solicitó Ernesto Calvo Álvarez relacionado con un expediente de régimen de visitas.

El Consejo Superior del Poder Judicial dejó en firme el fallo del Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, que se basó en la resolución de la Sala Cuarta ante un recurso de amparo que presentó el afectado.

El acuerdo se publicó en el acta número 106-2020, del 5 de noviembre anterior. En esa sesión se conoció el oficio número 3848-DE-2020, del 26 de octubre, de la directora ejecutiva del Poder Judicial, Ana Eugenia Romero Jenkins, en el que informa sobre la sentencia del Juzgado y detalla las consideraciones de los magistrados de la Sala Constitucional.

El recurso de amparo de Calvo Álvarez fue declarado con lugar “porque el Juzgado de Familia de Cartago no le resolvió una disconformidad con un dictamen social en detrimento de su justicia pronta y cumplida”.

Según supo ¡Qué Torta!, la gestión del usuario estaba relacionada con solicitar la autorización para visitar y ver a su hija, de añito y medio.

La Sala Cuarta estimó el monto que se le debe pagar al afectado en ¢331.757,35, distribuido de la siguiente forma: ¢100.000 en daño moral, ¢205.095 por concepto de costas personales del recurso de amparo más el IVA (hay que sumarle ¢26.663,35). Si se producen intereses legales a partir de la firmeza de la resolución y hasta el pago en efectivo, eso también correrá por cuenta del juez.

El Departamento Financiero Contable del Poder Judicial ya recibió la orden para pagarle a Calvo Álvarez. Mientras que el Consejo Superior le indicó al Área de Cobro Administrativo de la Dirección Jurídica que le dé seguimiento al tema con el fin de recuperar esos dineros (cobrarle al juez).

El acuerdo también se le trasladó al Tribunal de la Inspección Judicial para que se determine si procede una sanción bajo el régimen disciplinario.

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