*Por Eric Briones Briones
Este 2020 que finaliza ha sido algo distinto al resto, tanto en el ámbito de la salud, la educación, el trabajo, lo económico, educativo, religioso y en general a nivel mundial, dentro de todos los campos del quehacer humano, producto del SARS-CoV-2 al punto que se emitió en el país, a partir de que se conoció el primer caso oficial de una persona contagiada, un decreto de emergencia nacional (no. 42227-MP-S).
Es una potestad avalada por la Sala Constitucional para este tipo de situaciones: “Una autorización implícita para el Poder Ejecutivo de dictar decretos de emergencia, que le permiten ajustar la normatividad vigente a las condiciones excepcionales, como herramienta para combatir los efectos de la emergencia” (voto no. 8675-2005).
De acuerdo con las estadísticas se han infectado más de 68 millones de personas a nivel mundial, superando 1,5 millones de decesos, con una recuperación de 44 millones.
Estados Unidos es el país más azotado con esta pandemia. Más de la mitad de la población mundial ha sido sometida a algún tipo de confinamiento, imponiéndose el distanciamiento social y en igual sentido la actividad económica, ha sufrido una grave recesión.
En el ámbito propiamente laboral, la Organización Internacional del Trabajo ha referido la pérdida de 495 millones de empleos solo entre abril y junio del presente año, con un desplome de ingresos para los trabajadores de $3,5 billones.
Costa Rica reporta por medio del Ministerio de Salud algo más de 147.430 casos de personas contagiadas por COVID-19 y más de 1.900 personas fallecidas y se contabilizan aproximadamente 105.686 personas recuperadas de las que 51.203 son mujeres y 54.483 son hombres; hay 619 personas hospitalizadas, 230 de ellas en cuidados intensivos con un rango de edad de cero a los 91 años.
La buena nueva es que ya se está aplicando la vacuna, empezando por Inglaterra y en el país, pronto se estaría aplicando para lo que nuestras autoridades están trabajando en dicho cometido.
Ahora bien, dentro del ámbito laboral, sea este público o privado, hay que recordar que existen los principios de buena fe, lealtad, comunicación oportuna, obediencia, todo dentro del marco de la dignidad humana y en ambos sentidos, sea tanto para la parte patronal como trabajadora.
Dentro de una relación laboral de empleo público o privado es esencial la subordinación como elemento caracterizador y en donde se distinguen los poderes de administración, dirección y el disciplinario.
Precisamente esta semana que pasa, bajo estas facultades y las propias de salud en el trabajo y preventivas en general, tanto los señores Carlos Alvarado, Geannina Dinarte y Daniel Salas, respectivamente en sus condiciones de presidente de la República, ministra de Trabajo y ministro de Salud, emitieron la directriz no. 101-S-MTSS, publicada el 9 de diciembre anterior, en La Gaceta no. 289 del alcance no.323 dispusieron en dos articulos: instruir a todos los ministerios y sus dependencias administrativas (sea gobierno central) e instar a todas las instituciones de la Administración Pública Descentralizada para que se abstengan de realizar convivios o festejos alusivos al cierre anual de labores en los recintos de trabajo, con el fin de disminuir la exposición al COVID-19
Asimismo, en respeto a la autonomía e independencia funcional, se insta al resto de las dependencias públicas (Poder Judicial, legislativo, TSE, universidades estatatales, etc) a observar las indicaciones anteriores, en consonancia con la salud de las personas trabajadoras funcionarias públicas, que deriva del derecho a la vida a nivel constitucional (art 21).
Si bien, la directriz no lo indica desacatar la misma puede conllevar repercusiones de tipo disciplinario, conforme a los principios mencionados y la legalidad que rige en materia de empleo público, para todos sus trabajadores.
*Doctor en Derecho Laboral







