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Sala Constitucional le pone un ultimátum a la Asamblea Legislativa: debe retomar el nombramiento de los magistrados suplentes

La Sala Constitucional declaró con lugar este 30 de julio un recurso de amparo presentado por un usuario que llevaba meses sin poder resolver varios expedientes propios, debido a que la Sala no cuenta con suficientes magistrados suplentes para integrarse cuando los propietarios deben inhibirse.

El recurrente argumentó que la falta de nombramiento de las magistraturas suplentes —cuyo período venció el pasado 16 de diciembre de 2025— le estaba vulnerando su derecho de acceso a la justicia constitucional, ya que en sus casos hay magistrados propietarios inhibidos y el Tribunal no logra completarse para resolver.

Lo que resolvió la Sala

Por mayoría, conformada por los magistrados Fernando Cruz Castro, Paul Rueda Leal (como ponente), Jorge Araya García e Ingrid Hess Herrera, el Tribunal tomó dos decisiones clave:

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  1. Anuló el acuerdo que había tomado la Asamblea Legislativa para devolverle a la Corte Suprema de Justicia la nómina de candidatos a magistrados y magistradas suplentes y pedir una lista nueva.
  2. Prorrogó de forma transitoria los nombramientos de los magistrados suplentes cuyo período venció en diciembre pasado, mientras el Congreso no elija a los nueve suplentes que corresponden a la nómina que la Corte Plena le envió desde octubre de 2025.

La Sala fue clara en que esta prórroga es una medida excepcional, pensada únicamente para evitar que el órgano se paralice en los casos más urgentes —como cuando los magistrados propietarios están legalmente impedidos de votar por estar incapacitados o inhibidos—, y no una solución definitiva.

Además, se le ordenó a la presidenta de la Asamblea Legislativa, Yara Jiménez Fallas —o a quien ocupe ese cargo—, que gestione lo necesario para que la nómina de candidatos sea conocida por el Plenario legislativo en la próxima oportunidad posible.

El antecedente: dos devoluciones y un precedente que las prohibía

Esta sentencia no surge de la nada. La presidenta legislativa, Yara Jiménez Fallas, del oficialista Partido Pueblo Soberano (PPSO), había devuelto la nómina de candidatos a la Corte Suprema en dos ocasiones —la más reciente, mediante una resolución propia el pasado 23 de julio— alegando que el proceso estaba «materialmente agotado» tras 11 rondas de votación en el Plenario sin que ningún aspirante lograra los 38 votos requeridos por la Constitución.

Detrás de esas rondas fallidas estuvo la negativa reiterada de la bancada de Pueblo Soberano a elegir a alguno de los 18 candidatos incluidos en la lista original, remitida por la Corte Plena desde octubre de 2025. La oposición —integrada por PLN, Frente Amplio, PUSC y CAC— apeló ambas devoluciones sin éxito, y llegó a acusar al oficialismo de ejecutar una estrategia deliberada para debilitar a la Sala Constitucional.

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El problema es que, según recordó el magistrado de la Sala Segunda, Luis Porfirio Sánchez, ante la Comisión de Nombramientos, existe un voto de la propia Sala Constitucional desde 2013 que establece que la Asamblea no tiene la potestad de devolver esa nómina, porque ese mecanismo no está contemplado en el procedimiento constitucional. Jiménez, por su parte, ha defendido que la función de la Asamblea es elegir, no ratificar automáticamente lo que propone la Corte, y que la falta de acuerdo entre fracciones no equivale a un incumplimiento del Congreso.

Con la Sala Constitucional sin magistrados suplentes desde diciembre pasado, se llegaron a acumular más de 120 expedientes pendientes de resolución por falta de integración del Tribunal —el mismo problema que llevó al recurrente de este amparo a acudir a la propia Sala.

Votación Ajustada

No hubo unanimidad: los magistrados Fernando Castillo Víquez y Luis Fernando Salazar Alvarado, junto con la magistrada Anamari Garro Vargas, salvaron el voto y habrían rechazado el recurso en su totalidad, cada uno por sus propias razones.

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