- Fernando Castillo afirmó ante la Comisión de Nombramientos que la Asamblea Legislativa ejerce una competencia exclusiva y política al elegir magistrados suplentes.
- También negó que la Sala Constitucional estuviera paralizada y reconoció que los doce nombramientos permanecían vencidos.
El presidente de la Sala Constitucional, Fernando Castillo Víquez, soltó varias afirmaciones que alimentan todavía más el choque entre la Corte Suprema de Justicia y la Asamblea Legislativa por la elección de magistrados suplentes.
Durante su comparecencia ante la Comisión Permanente Especial de Nombramientos, Castillo reconoció sin rodeos que el Congreso tiene la potestad exclusiva para escogerlos y que esa decisión responde a un criterio político.
“La elección corresponde al Parlamento y es una decisión política, en el buen sentido de la palabra. Hay una amplia discrecionalidad que tiene el Parlamento de elegir o no elegir”, afirmó.

El magistrado fue todavía más claro cuando los diputados le preguntaron si otro órgano podía asumir esa competencia.
“Cuando una competencia es exclusiva y excluyente, lógicamente solo ese órgano puede ejercer esa competencia”, respondió.
Sus palabras adquieren especial peso porque la propia Sala Constitucional, con una mayoría de cuatro votos contra tres, dejó sin efecto el acuerdo legislativo que devolvió la nómina de candidatos suplentes y ordenó a la presidenta del Congreso, Yara Jiménez Fallas, poner nuevamente esa lista en conocimiento del plenario.
Castillo integró la minoría que salvó el voto junto con los magistrados Luis Fernando Salazar y Anamari Garro.
“Ustedes deciden si nombran o no nombran”
Más adelante, Castillo reafirmó la libertad del Congreso para decidir sobre la nómina enviada por la Corte.
“La designación de magistrados suplentes es un acto político de la Asamblea. Ustedes deciden si nombran o no nombran”, sostuvo.
También admitió que el Poder Legislativo puede rechazar por completo la lista si considera que ninguno de los candidatos reúne las condiciones de idoneidad.
Eso sí, planteó que el Congreso debería justificar esa decisión.
La declaración golpea directamente uno de los argumentos que alimentó la crisis institucional: la idea de que la Asamblea estaba obligada a escoger nombres de la lista remitida por la Corte.
Según Castillo, la Constitución no les quita a los diputados la posibilidad de decir que no.
Sala IV no estaba paralizada
El presidente del tribunal también desinfló otro de los argumentos más repetidos durante las últimas semanas.
“La Sala no está paralizada, lógicamente”, aseguró.
Explicó que los magistrados propietarios continuaron sesionando y que el tribunal ya había dictado más de 30.000 sentencias durante el año.
Castillo sí reconoció que aproximadamente 124 expedientes no podían votarse porque requerían integrar la Sala con suplentes ante inhibiciones o incapacidades de magistrados propietarios.
Es decir, existía una afectación puntual, pero no un cierre total del tribunal.
Todos estaban vencidos
Ante una pregunta directa, Castillo también confirmó que los doce magistrados suplentes tenían el nombramiento vencido.
“Claro, están todos vencidos”, respondió.
La mayoría de la Sala Constitucional decidió restituirlos temporalmente para atender únicamente asuntos urgentes e indispensables, mientras el Congreso elige a los reemplazos.
Sin embargo, Castillo evitó pronunciarse sobre si la Constitución permite prorrogar nombramientos vencidos, pues ese tema formó parte de la deliberación del voto que todavía estaba en redacción.
La Corte filtró candidatos antes de enviarlos
La comparecencia también reveló cómo la Sala Constitucional escogió a los aspirantes que remitió al Congreso.
Castillo explicó que los magistrados evaluaron antecedentes penales y administrativos, estudios sociolaborales, atestados académicos, experiencia, habilidades blandas y entrevistas.
Sin embargo, reconoció que las entrevistas no siguen un cuestionario estandarizado y que normalmente las realizan solo tres de los siete magistrados propietarios.
También explicó que la Sala excluyó candidatos que cumplían los requisitos formales porque, a su juicio, no reunían la idoneidad necesaria.
Uno de los criterios utilizados fue evitar recomendar letrados de la propia Sala Constitucional, debido al posible impacto reputacional que generaría que una persona suplente coincidiera en una votación trascendental con el magistrado para quien trabaja.
Los diputados cuestionaron que la Corte reclamara explicaciones a la Asamblea por devolver la nómina, mientras el propio tribunal no había desarrollado públicamente las razones específicas por las que dejó fuera a varios aspirantes.