El Ministerio de Salud deberá reforzar los controles sobre los alimentos, marcas y medicamentos que se venden o registran en el país bajo la declaración “libre de gluten”, luego de una orden de la Sala Constitucional.
La medida busca dar mayor certeza a las personas con enfermedad celíaca de que los productos que adquieren bajo esa declaración realmente cumplan, y continúen cumpliendo con el tiempo, con los parámetros establecidos en la normativa vigente.

La decisión se tomó al resolver un recurso de amparo presentado por personas con enfermedad celíaca, quienes cuestionaron aspectos relacionados con el registro y la verificación de los productos declarados libres de gluten.
Falta mayor revisión
Los magistrados determinaron que el Ministerio de Salud no acreditó contar con un mecanismo sistemático, previo y periódico de verificación analítica que garantice la fiabilidad en el tiempo de los productos incluidos en el registro como libres de gluten.
Según la Sala, esta omisión compromete el derecho a la salud y a la vida de la población celíaca.
Además, determinó que no basta con verificar que un producto cumple los requisitos cuando se registra.
También debe existir un control posterior que permita comprobar que las condiciones que permitieron registrarlo como libre de gluten se mantienen con el paso del tiempo.
Por esta razón, la Sala Constitucional ordenó al Ministerio de Salud establecer y hacer público un protocolo de verificación analítica para los productos alimenticios, marcas y medicamentos registrados o que pretendan registrarse bajo la declaración “libre de gluten”.
Ese protocolo deberá definir, entre otros aspectos, cada cuánto deberán realizarse los análisis y cuáles serán los mecanismos de control que se aplicarán.
La verificación deberá realizarse conforme al Reglamento Técnico RTCR 457:2011 y a los artículos 206 y 207 de la Ley General de Salud.