La Defensoría de los Habitantes le recordó a los patronos que están obligados a habilitar salas de lactancia materna en sus centros de trabajo y darles a la trabajadoras el tiempo necesario para disponer de esos espacios.
La institución emitió el recordatorio este miércoles 18 de enero del 2023, mientras investiga una denuncia presentada contra un área de salud de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) sobre las condiciones que tienen las funcionarias para la extracción de leche materna.
El artículo 100 del Código de Trabajo establece que todo patrono que tenga trabajadoras en periodo de lactancia está obligado a acondicionar salas de lactancia para que las madres puedan amamantar a sus hijos sin peligro.
Ademas, estos sitios permiten que las mujeres puedan extraerse la leche y almacenarla en un lugar adecuado en su lugar de trabajo.
También, la persona empleadora está obligada a proporcionar a la madre durante su jornada laboral, los intervalos para disponer de la sala, pues el tiempo de extracción de leche materna es independiente de la hora de lactancia materna al ser una necesidad fisiológica.

Las salas de lactancia deben contar con condiciones mínimas para operar, como tener al menos seis metros cuadrados, contar con buena iluminación y ventilación, disponer de lavamanos, jabón dispensador, mesa, sillas y una refrigeradora de 38 litros de capacidad, para uso exclusivo de la leche materna, todo ello según decreto.
La leche materna es el mejor alimento para lactante, niños y niñas, pues aporta los nutrientes y las defensas necesarias para su crecimiento y desarrollo óptimo y saludable.
La Organización Mundial de la Salud (OMS) recomienda la lactancia materna, en forma exclusiva, durante los primeros seis meses de vida y, luego de esa edad, seguir con lactancia, pero complementada con alimentos líquidos y sólidos hasta los dos años o más.
Si en su empresa no cumple con la obligación de acondicionar salas de lactancia materna para las trabajadoras en periodo de lactancia, o conoce de alguna irregularidad en particular sobre el tema, denúnciela ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) si es empresa privada o a la Defensoría si se trata de una institución pública.
Para denuncias escriba al correo correspondencia@dhr.go.cr, llame a la línea gratuita 800-2587474 o a través de un formulario que encontrara en el sitio www.dhr.go.cr







