
*Por Eric Briones Briones
Dentro de la dinámica mundial de la pandemia y con resiliencia se realizó el 15 de julio del 2020 un conversatorio digital (webinar) sobre: “Plataformas virtuales y nuevos retos de la inspección laboral posCOVID-19” (que puede observar si da clic aquí) con la participación del sector académico laboral de Perú, Panamá y Costa Rica, representados por Paul Cavalié, Elmer Arce, Rorix Núñez, Roberto Will, Felipe Waisome, Rodrigo Acuña y quien suscribe el presente en el que definitivamente se llegó a cuatro conclusiones puntuales.
Primero, la necesidad de un cambio de concepción de la inspección de trabajo, en el que se requiere un acompañamiento y transformación por las tecnologías de información y comunicación, como para idearse visitas inspectivas virtuales y no solo presenciales con instrucción técnica por parte de su personal y un componente ético indispensable en el desarrollo de las nuevas relaciones laborales posCOVID-19, en el que debe prevalecer el concepto del trabajo decente con énfasis en el campo de la seguridad social.
"Plataformas virtuales y nuevos retos de la inspección laboral posCOVID-19""Plataformas virtuales y nuevos retos de la inspección laboral posCOVID-19"
Publicado por Qué Torta en Miércoles, 15 de julio de 2020
Segundo, el desarrollo de las relaciones laborales, embuidas por el componente del trabajo decente (Organización Internacional del Trabajo) como eje fundamental poscoronavirus, trayéndose a colación el pensamiento de la Madre Teresa de Calcuta: “Los empresarios y los dirigentes no pueden tener en cuenta exclusivamente el objetivo económico de la empresa, de los criterios de la eficiencia económica y de las exigencias del cuidado del capital como conjunto de medios de producción; sino que el respeto concreto de la dignidad humana de los trabajadores que laboran en la empresa es también su deber preciso”.
Tercero, tecnología como desarrollo indispensable dentro del campo del derecho laboral, siendo oportuno preocuparnos por mejorarlas, pero, además, abaratar sus costes, democratizar su distribución equitativamente, con el fin de que continúe la normalidad social, laboral, política, educativa, económica, es decir, cualquier disciplina de la vida cotidiana, posterior a que pase la pandemia.
En este sentido, se hace necesario razonar en propiciar el teletrabajo (con sus virtudes y defectos) como modalidad indiscutible de las relaciones laborales y dentro de un marco de racionalidad y proporcionalidad al ser nosotros seres sociales, como ya lo señalaba Aristóteles, es decir, no se concibe al ser humano sin interacción social constante y no en confinamiento, como hasta ahora nos ha tocado.
Cuarto, regulación de las plataformas dentro de un marco de seguridad jurídica. Ya que plataformas hay de todo tipo, bajo un supuesto de economía colaborativa, y mediante intermediación digital, en el que precisamente la regulación dista mucho y por el contrario estas cada vez son más veloces en cuanto a su desarrollo versus la realidad jurídica y social con la que se están enfrentando las personas prestatarias del mismo.
A nivel mundial hay un vaivén, unos sistemas han pensado que no hay relación laboral (Francia, eso sí, con protección social) y otros por el contrario le han dado visos de laboralidad (Reino Unido).
En muchos casos, como dijo el profesor uruguayo, Hugo Barretto Ghione, estamos simplemente ante nuevas formas de dependencia y no solamente ante nuevas formas de trabajar.
Ante lo anterior es oportuno, como costarricenses, latinoamericanos, empezar a trabajar desde los ámbitos legislativos, judiciales y ejecutivo con propuestas claras, que en el camino se van a ir mejorando; lo que no se vale es no tener reglas claras y ante tal omisión dejar como estados que se provoque el trabajo informal, precario, abusivo, sin seguridad social, con independencia que se considere este tipo de relaciones, de tipo laboral dependiente o no, pero sí dentro de una formalidad.
A nivel mediato se hace necesario una regulación de las mismas, entendiendo que las tecnologías llegaron para quedarse; de allí que les corresponda a las autoridades públicas (llámese Poder Legislativo) de los estados latinoamericanos empezar a regularlas, de manera que haya equidad entre capital humano y empresarial, sin que se permita precarizar las labores, de las personas que se adhieran a este tipo de servicios, por medio de las plataformas digitales, ya que mucho se puede dilucidar en el campo intelectual/doctrinario, no obsante, como dijo el jurista alemán Von Kirchmann: “Tres palabras rectificadoras del legislador convierten bibliotecas enteras en basura”.
A nivel inmediato, práctico, le va a corresponder a las autoridades (llámese ejecutivo y judicial) ir dictando, conforme cada caso, una jurisprudencia sin que pueda estarse al principio romano “Non liquet”, es decir, no dictar resolución por falta de norma, sino mediante la aplicación del principio de la plenitud hermética y con base en los antecedentes de derecho comparado, lo que corresponda para cada caso, en particular, en unos podrá haber principios de laboralidad y en otros no, dependiendo de cada situación, con base en lineamientos, que incluso ya ha emitido la OIT, sobre la temática.
Valga finalmente para darle un aplauso al director del medio digital períodistico de “¡Qué Torta!”, Lic. Roberto Acosta, el cual definitivamente se pone una flor en el ojal al hacer periodismo diferente a nivel nacional como internacional.
*Doctor en Derecho Laboral







