Un fallo de la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia dejó en evidencia una equivocación procesal de fondo cometida por el Ministerio Público, bajo el mando del fiscal general Carlo Díaz Sánchez, en el polémico caso Barrenador.
El Ministerio Público pretendía mantener dentro de un solo expediente las investigaciones contra cooperativas de salud y Marta Esquivel Rodríguez, expresidenta ejecutiva de la CCSS y actual ministra de Planificación. Pero la Sala fue clara: esa estrategia es inviable y contraria al marco legal.
@quetortacr.com Carlo Díaz pierde pulso con Coopesalud “El fiscal general estaba induciendo a los jueces a actuar contra derecho”. Así lo afirma Sergio Castillo, abogado de Coopesalud, tras el fallo de la Sala Tercera que corrige un grave error procesal del Ministerio Público en el caso Barrenador.
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“Existe un mandato legal expreso que, ineludiblemente, impone la obligación de separar la causa”, indica la resolución 2025-00245.
El fallo corrige directamente la ruta procesal asumida por la Fiscalía General. De hecho, la propia Sala ordenó abrir dos expedientes separados: uno para la ministra Esquivel, quien goza de inmunidad, y otro para el resto de los involucrados.
Esta resolución expone un error, que pudo comprometer la legalidad del procedimiento e incluso inducir a los jueces a decidir fuera del marco normativo. El artículo 400 del Código Procesal Penal establece claramente la necesidad de separar procesos cuando hay personas aforadas.
El abogado Sergio Castillo, representante legal de Coopesalud, celebró el fallo y lo calificó como una “corrección necesaria” que protege el debido proceso.
“El fiscal (Carlo Díaz) pretendía unificar todo, lo que habría inducido a los jueces a actuar contra derecho”, comentó Castillo.
Desde Coopesalud, además, se insiste en que las denuncias presentadas contra cooperativas se basan en interpretaciones erróneas de funcionarios internos de la CCSS, cuyas decisiones ya han costado a la institución más de ₡1.500 millones en condenas judiciales.
Así, mientras el fondo del caso sigue su curso, el fallo de la Sala Tercera es un jalón de orejas al Ministerio Público y marca un precedente que delimita claramente los márgenes de actuación legal cuando hay funcionarios con inmunidad de por medio.
El caso Barrenador se refiere a una serie de denuncias por supuestas irregularidades en contrataciones directas de servicios de salud a cooperativas como Coopesalud, Coopesana, Coopesaín, Coopesiba y Asemeco, durante la gestión de Esquivel en la CCSS.