La Sala Constitucional de Costa Rica puso bajo presión directa a cinco instituciones del Estado al ordenar acciones concretas y con plazos definidos para atender la minería ilegal en Crucitas, en Cutris de San Carlos, en la provincia de Alajuela.

En la sentencia 2026-10560, el tribunal declaró parcialmente con lugar un recurso de amparo y giró órdenes al Ministerio de Seguridad Pública, el Ministerio de Salud, el Ministerio de Ambiente y Energía (Minae), el Ministerio de la Presidencia y el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), obligándolos a actuar de forma coordinada y sostenida frente a los impactos ambientales, sanitarios y de seguridad en la zona.
Entre las medidas más relevantes, Seguridad Pública deberá mantener presencia policial permanente e indefinida en Crucitas, reforzar controles migratorios para frenar el ingreso ilegal de personas y garantizar vigilancia continua contra la minería ilegal. Además, tendrá que asegurar recursos humanos y presupuestarios suficientes para sostener esas acciones.

El AyA, por su parte, está obligado a continuar suministrando agua potable a las comunidades afectadas mientras persista el riesgo de contaminación y a concluir, en un plazo de 18 meses, el proyecto integral de abastecimiento para varias localidades, entre ellas Llano Verde, Crucitas y El Roble. También deberá reforzar la coordinación con otras instituciones para atender la crisis hídrica.
En el ámbito sanitario, Salud deberá mantener el control y seguimiento de la situación, así como su participación activa en la comisión interinstitucional que atiende la problemática en la zona.
Uno de los puntos centrales del fallo recae sobre el Minae y el Ministerio de la Presidencia, a quienes se les ordena presentar en un plazo improrrogable de tres meses un plan detallado y unificado con cronogramas claros. Ese plan deberá incluir acciones específicas de cada institución para la protección ambiental, así como medidas de restauración, saneamiento y mitigación. Además, deberán garantizar que dicho plan cuente con recursos suficientes y que su ejecución no supere los 12 meses.

El fallo, aunque parcial, establece una hoja de ruta obligatoria para cinco instituciones clave y refuerza la exigencia de una respuesta articulada del Estado ante una problemática que por años ha sido señalada por su impacto ambiental y social en la zona norte del país.







