El Tribunal Penal de Quepos, Puntarenas, dictó sentencia en el caso del homicidio de la anestesióloga María Luisa Cedeño.
En su resolución, los jueces César Palma, Sandra Arrieta y Rodrigo Salas condenaron al stripper nicaragüense Teodoro Herrera a 35 años de cárcel por homicidio calificado y a 18 años por violación para un total de 50 años como pena máxima. De acuerdo con la legislación nacional, se le ajustarán a 35 años de prisión.
En cuanto a los imputados Harry Bodaan, magnate hotelero dueño de La Mansión Inn, y Luis Carlos Miranda, ingeniero en Informática, se les absolvió del delito de coautores y se salvaron de caer en el tabo.
María Luisa Cedeño, de 43 años, era anestesióloga en el hospital CIMA de Escazú. Viajó sola a Quepos con su mascota y el 18 de julio del 2020 se instaló en el hotel La Mansión Inn, en Manuel Antonio.
El 20 de julio, una empleada encontró el cuerpo de Cedeño en la habitación 21 del hotel. Las autoridades detuvieron al dueño Bodaan, al informático Miranda y al bailarín Herrera.
La Fiscalía acusó a Herrera de tres delitos de violación y de homicidio calificado, en tanto a los otros como cómplices de los delitos.
En el caso de Herrera, se hallaron rastros de su ADN en el cuerpo de la víctima, como fluidos y también bajo sus uñas. Es de suponer que María Luisa rasguñó a su atacante en su intento de defenderse. El stripper presentó lesiones en el rostro, mano y espalda compatibles con estos hechos.
Herrera vivía en una habitación del hotel. Allí había pertenencias con material genético de María Luisa Cedeño y se constató que existe un video de la madrugada del crimen en el que se observa a Teodoro Herrera en el lugar del homicidio. Con respecto a los otros dos acusados se expuso que no había elementos suficientes para romper con la presunción de inocencia.
Durante la lectura de la sentencia se fueron descartando las posibles pruebas de la implicación de Bodaan y Miranda. No hay muestras de su ADN en el cuerpo, ni presentan lesiones como las de Herrera, ni tampoco el forense pudo demostrar que las marcas de mordiscos en el cuerpo correspondieran a sus dentaduras.
Además, hubo pruebas como la sangre en el carro de Miranda que no se analizaron correctamente y quedaron descartadas.
Para absolver a esto sujetos, los jueces se basaron en los principios de presunción de inocencia y dudas.
El primero establece que todo acusado es inocente hasta que se demuestre lo contrario; el otro que aún después de que se valoraron las pruebas existe duda sobre la culpabilidad de un imputado, el caso se resolverá a su favor. Cumplir ambos es obligatorio para el Poder Judicial.







