El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) rechazó el amparo electoral contra la candidata Laura Fernández Delgado, del partido Pueblo Soberano, y dejó claro que ninguna norma le impide acompañar al presidente, Rodrigo Chaves, en los actos oficiales que quiera.
La resolución 7138-E1-2025, fechada el 20 de octubre del 2025, tira por la borda el reclamo del recurrente que la acusaba de usar actividades del Gobierno para hacer proselitismo y aclara que “las personas candidatas no tienen, en principio, limitaciones jurídicas para presentarse a actividades públicas convocadas por las autoridades”.
Traducido al castellano: Fernández puede estar en los actos, sonreír, saludar y hasta aparecer en las fotos con el presidente, mientras no agarre el micrófono, ni convierta el evento en una tarima electoral.
El TSE centró su advertencia no en la candidata, sino en los funcionarios públicos. Según los magistrados, son ellos —los jerarcas, organizadores y presentadores— quienes deben “garantizar una actitud neutral” y evitar que las actividades del Ejecutivo se transformen en plataformas partidistas.
En pocas palabras: si alguien comete una falta, no será la candidata, sino el funcionario que le dé el micrófono o le haga barra desde el estrado.
Otro detalle llamativo del fallo es lo que no dice: en ningún momento el TSE prohíbe que Fernández se fotografíe junto al presidente Chaves, ni distingue entre fotos posadas o espontáneas.
Esa omisión deja abierta la interpretación —según la lectura más “creativa” de los magistrados— de que una imagen podría usarse como excusa para endosarle una denuncia de beligerancia política al mandatario.
Por ahora, lo cierto es que Laura Fernández puede seguir acompañando al presidente donde le plazca, mientras gabinete cruce los dedos para que ningún flash se convierta en prueba de afinidad política.

