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Juan Diego Castro denuncia penalmente a Carlos Alvarado por prevaricato y violación de datos personales

El abogado Juan Diego Castro Fernández denunció penalmente al presidente, Carlos Alvarado Quesada, por los delitos de prevaricato y violación de datos personales.

“Jamás pensé, a lo largo de mis 40 años de ejercer la abogacía, que en algún momento iba a presentar una denuncia contra el presidente de la República”, expresó el penalista en un video que compartió en su perfil de Facebook.

Denuncié al presidente, sus dos ministros y los funcionarios de la UPAD, como autores de los delitos PREVARICATO Y VIOLACION DE DATOS.“El presidente y sus ministros aquí denunciados Víctor Morales Mora (de la Presidencia) y Daniel Soto Castro (viceministro de Planificación), reglamentaron la ejecución reiterada del delito de violación de datos personales, artículo 196 bis del Código Penal, autorizando a los funcionarios de la UPAD para que en beneficio propio o de un tercero, con peligro o daño para la intimidad o privacidad y sin la autorización del titular de los datos, se apoderaran, accedieran, copiaran, difundieran, recopilaran y dieran un tratamiento no autorizado a los datos de una persona física o jurídica almacenados en sistemas o redes informáticas o telemáticas, o en contenedores electrónicos, ópticos o magnéticos”

Publicado por Juan Diego Castro Fernández en Lunes, 24 de febrero de 2020

En el documento que presentó en las oficinas del Organismo de Investigación Judicial (OIJ) de San José también figuran el ministro de la Presidencia, Víctor Morales Mora; el ministro interino de Planificación, Luis Daniel Soto Castro, y los dos funcionarios que trabajaron en la configuración de la Unidad Presidencial de Análisis de Datos (UPAD), Alejandro Ismael Madrigal Rivas y Andrés Villalobos Villalobos.

El delito de prevaricato se tipifica en el artículo 350 del Código Penal.

Se impondrá prisión de dos a seis años al funcionario judicial o administrativo que dictare resoluciones contrarias a la ley o las fundare en hechos falsos. Si se tratare de una sentencia condenatoria en causa criminal, la pena será de tres a quince años de prisión.
Lo dispuesto en el párrafo primero de este artículo será aplicable en su caso, a los árbitros y arbitradores”.

Mientras que el de violación de datos personales está en el artículo 196 bis del Código Penal.

Será sancionado con pena de prisión de uno a tres años quien en beneficio propio o de un tercero, con peligro o daño para la intimidad o privacidad y sin la autorización del titular de los datos, se apodere (…) acceda, copie, (…) difunda, recopile, (…) dé un tratamiento no autorizado a las imágenes o datos de una persona física o jurídica almacenados en sistemas o redes informáticas o telemáticas, o en contenedores electrónicos, ópticos o magnéticos”.

“Para rematar el contenido criminal del decreto cuestionado, se atreven el presidente y sus dos ministros aquí endilgados, declararlo de interés público, para abrir las cajas fuertes de las dependencias del sector público y de la empresa privada.

“Esto es gravísimo, ¿cuáles empresas serán las donantes del proyecto tiránico de la UPAD? Tarea investigativa crucial para la fiscalía general a fin de determinar si existen otros delitos”, indica parte de la denuncia de Castro Fernández.

“Ordenan arbitrariamente el presidente y los ministros imputados, que todos los funcionarios responsables de las bases de datos y de la información sensible y restringida de las instituciones de la Administración Pública Central y Descentralizada, delincan al permitir el acceso a toda información que sea requerida por parte de la UPAD para el cumplimiento de sus fines y objetivos, que a estos sujetos con poderes tiránicos y al presidente se les antojen.

“Obliga criminalmente a todas las funcionarias que manejan datos personales sensibles y de acceso restringidos a las instituciones (de la DIS a los bancos, del ICD al OIJ, de la CCSS al ICE) que permitan criminalmente el acceso a la UPAD y a cualesquiera funcionarios que ahí delincan a toda la información que sea requerida.

“Este párrafo es una terrorífica estrofa del himno fúnebre al Estado de Derecho, a la Democracia y a la Libertad. Delito de lesa patria. Crimen atroz del actual gobierno con los más elementales derechos humanos, hoy, en la sociedad del conocimiento”, agrega.

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